Antonio Fumero

Antonio Fumero

I+D. Todo se puede solucionar con una cerveza fría.

Empresario, emprendedor, ¿Innovador?

Con ENE o con eñe, se trata de emprender, de innovar… ¿o no? Será ENISA la encargada de “certificar” que eres una startup. Este ha sido el tema de moda en las redes y medios cercanos a ese ecosistema.

STARTUP

El Proyecto de Ley establece que serán consideradas startups aquellas empresas que sean innovadoras, de nueva creación o con una antigüedad de hasta cinco años en general, o de siete años en el caso de empresas de biotecnología, energía e industriales; que tengan su sede social, establecimiento permanente y la mayoría del empleo en España; que no hayan distribuido dividendos y no sean cotizadas, y que tengan ingresos de hasta 5 millones de euros.

¿Te suena?

A lo largo del mes de diciembre, a partir del viernes día 10 en que el Gobierno lo aprobara en Consejo de Ministros, el Proyecto de Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, más conocida como ‘Ley de Startups’.

Lo más curioso es que no había manera de acceder al texto modificado del que hablaba la nota de prensa hasta su publicación en el Boletín del Congreso del 27 de diciembre.

Por otra parte, también hay que tener en cuenta que esta ley vendrá acompañada, como parte de la reforma estructural que pretende apoyar, del Anteproyecto de Ley de Creación y Crecimiento de Empresas, conocida como la ‘Ley Crea y Crece’, recientemente aprobada en Consejo de Ministros; así como la reforma de la Ley Concursal, en una fase más inicial aún.

Los comentarios que nos encontramos en una variedad de foros suelen ir a la especificidad de un puñado de aspectos, más o menos mediáticos, que se han elegido para su comunicación institucional, fundamentalmente los numerosos atractivos fiscales a los que hace referencia: ampliación de la base máxima de deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación, aplazamiento de la deuda tributaria del Impuesto de Sociedades o del Impuesto sobre la Renta de No Residentes, aumento del importe de la exención de tributación de las opciones sobre acciones, etc.

Más allá de esos aspectos, que cuantitativamente se pueden estirar más o menos, y que siempre se pueden considerar escasos, me parece que sería interesante hacer unos pocos números para ver cuánto nos va a costar la fiesta y de qué manera vamos a pagarla cuando se acaben los llamados fondos de recuperación, que para el imaginario popular se ha vendido como una especie de maná llovido del cielo europeo que nos cobija.

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Fuente: @slidebean, Unsplash

No dejan de aparecer comentarios al respecto de la requerida evaluación del carácter innovador de la actividad de la sociedad que solicite las ayudas y ventajas fiscales asociadas a su condición de startup. Eso es algo que ya se hace a nivel europeo y nacional, para certificar proyectos de I+D+i, para acceder a subvenciones concedidas mediante instrumentos financieros propios de los programas marco europeos, etc. Lo que no está claro es que un órgano institucional pueda resolver ese aspecto dentro de unos plazos razonables y con la objetividad esperada.

En cualquier caso, el texto del Proyecto de Ley lo único que afirma al respecto es que  “los criterios para evaluar  el carácter innovador de las empresas emergentes ··· podrán estar basados en referencias nacionales e internacionales ampliamente aceptadas para reconocer el carácter innovador de una empresa”. Si bien, en el mismo artículo cuarto podemos leer, textualmente: “Se considerará que  una  empresa  emergente  es innovadora  cuando  su finalidad  sea resolver  un problema  o  mejorar  una  situación  existente  mediante  el  desarrollo  de  productos,  servicios  o  procesos nuevos  o  mejorados  sustancialmente  en  comparación  con  el  estado  de  la  técnica  y  que  lleven  implícito  un riesgo de fracaso tecnológico o industrial.” Esto tiene su gracia ¿No?

Es evidente que realizar un esfuerzo para agilizar trámites administrativos y, en general, allanar el camino es netamente positivo para la sociedad en la que vivimos… Lo que no está tan claro es en qué lugar deja esta futura norma a los autónomos y empresarios que no obtienen el marchamo de ‘startup’. Es obvio que las medidas tibias que se dejaban entrever en el articulado del proyecto de ley no van a resultar decisivas, por sí solas, para transformar España en una “nación emprendedora”. 

Quizás sea conveniente recordar la teoría del empresario-innovador de Schumpeter para poner en el lugar que se merecen a esos individuos comprometidos con la realización de nuevas combinaciones de los factores de producción, más allá del equilibrio que el conocido autor identificaba con el “beneficio ordinario”: los empresarios, los emprendedores… los innovadores.

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Fuente: Mika Baumeister, Unspalsh

Sólo esa consideración del empresario como agente económico cuya función es la innovación debería bastar para pensar en el impacto real de una norma que pretende ofrecer ciertas facilidades para emprender a un tipo de empresarios que se hayan hecho acreedores de una condición «innovadora» que se asocia por defecto, en demasiadas ocasiones, a una actividad de base tecnológica o intensiva en el uso de cierto tipo de tecnologías.

Hasta la fecha, el carácter innovador de la actividad empresarial lo ha dirimido el propio mercado, no un formulario administrativo; de la misma manera que el peso económico de un determinado sector ha determinado, en cierta medida, el nivel de interlocución de las empresas que lo conforman con las entidades institucionales y gubernamentales a nivel nacional e internacional… y no la pertenencia a una especie de “club privado” para empresas emergentes de base tecnológica y con un carácter innovador determinado de acuerdo con los parámetros de aquel formulario.

e-Fumérides

Estoy profundamente convencido de que, bajo todo el aparato propagandístico que rodea a este tipo de iniciativas en términos de comunicación política, hay medidas que supondrán un avance sustancial, tangible y tan esperado como necesario; pero estoy igualmente convencido de que necesitamos un enfoque mucho más atrevido y sistemático, que se apoye en la praxis de la ciencia económica y no tanto en la superchería del oportunismo político y el marketing institucional.

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